Coronavirus: regulación de salidas
Regulación de la circulación por vía pública de personas con discapacidad
Actualización 20/03/2020
El BOE publica la instrucción que permite las salidas “terapéuticas” para determinadas personas con discapacidad intelectual que no pueden soportar confinamientos indefinidos en sus viviendas.
Como medida de precaución, y por si las autoridades lo solicitaran, es recomendable portar el certificado o tarjeta de discapacidad, la prescripción de un profesional sanitario o social (en caso de disponer de ello), la copia y/o referencia de la instrucción e informes médicos, psicológicos o sociales complementarios en los que se describan las necesidades individuales y/o la existencia de dificultades conductuales (en el caso de disponer de ellos).
Consulta el BOE aquí Modelo de informe psicológicoActualización 17/03/2020
Con fecha 17 de marzo, se modifica el decreto que regula la circulación por la vía pública durante el estado de alarma, aludiendo expresamente a las personas con discapacidad:
“Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada».
Por lo tanto, solo se permite acompañar a las personas con discapacidad en la calle para realizar estas actividades:
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Asistencia a centros sanitarios.
- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.
Se prohíbe cualquier desplazamiento en coche con acompañantes, excepto en los mismos supuestos ya citados (persona con discapacidad, mayor o menor).
Se aconseja llevar la tarjeta acreditativa de discapacidad.
Consejos útiles para no ser sancionado en la vía pública
- Si tienes que salir para comprar o repostar, guarda tickets de la compra o gasolinera como comprobantes.
- Si tienes que salir para trabajar, debes llevar un documento de tu empresa que lo acredite.
- Si tienes que sacar a tu perro, lleva una botella con agua y jabón para limpiar la orina, además de bolsa para recoger las heces.