Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre

Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social

La Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, integra en una sola norma:

a) La Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de personas con discapacidad (LISMI).

b) La Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

c) La Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

En Down Madrid contamos con más de 20 años de experiencia trabajando para hacer que la integración laboral de las personas con discapacidad intelectual sea una realidad. 

Por ello, podemos ayudar a tu empresa en la selección, formación e incorporación de trabajadores con discapacidad (agencia de colocación, 1300000060) así como a cumplir la ley mediante las medidas alternativas contempladas en la normativa reguladora, a través de la donación a nuestros proyectos formativos y de empleo.

Artículo 42. RD 364/2005 Ley General de la Discapacidad (Antigua LISMI)

Las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores tendrán que, al menos, cubrir el 2% de su plantilla  con trabajadores con discapacidad"


LGD

LGD: Las empresas de 50 o más trabajadores deben reservar el 2% de sus puestos de trabajo para personas con discapacidad.


Vía de la CONTRATACIÓN DIRECTA

Incorpora a un trabajador en tu empresa a través del Servicio Stela de Down Madrid
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Medidas alternativas

Existen alternativas a la cuota de reserva para aquellas empresas que, por distintas razones no puedan contratar


Vía de la EXCEPCIONALIDAD

Puedes realizar una para la formación y empleo de las personas con síndrome de Down u otras discapacidades intelectuales.
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